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Los españoles que viven en el extranjero también pueden pagar impuestos en España. La startup IberianTax recuerda que el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes es el tributo específico al que deben hacer frente miles de expatriados cada año si disponen de una propiedad en territorio español
Según datos del INE, el número de personas con nacionalidad española que residen en el extranjero alcanzó los 2.742.605 a 1 de enero de 2022. Una importante y creciente cifra que tiene repercusiones en diversos ámbitos, incluidos los impuestos.
Es habitual que los expatriados se pregunten si tienen que pagar impuestos en España si viven en el extranjero. Existe una creencia bastante extendida de que si se vive en el extranjero solo se pagan impuestos en el país de residencia. Esta afirmación solo es correcta en determinados casos.
En este sentido, la plataforma IberianTax, líder en la gestión online del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, recuerda que un alto porcentaje de estos ciudadanos deben pagar impuestos en España a pesar de su condición de no residentes fiscales en España. Esto sucede, entre otros casos, cuando el ciudadano mantiene intereses económicos en España ya sea en forma de renta o patrimonio. En particular, la obligación de tributar en España subsiste para todos aquellos ciudadanos españoles residentes en el extranjero que dispongan de una propiedad en territorio español, ya sea para uso personal o para alquilar. Afortunadamente, dicha obligación no afecta al patrimonio o rentas obtenidas en el extranjero.
Si la vivienda es para uso personal, los españoles no residentes, al igual que sucede con los no residentes de cualquier otra nacionalidad, deben declarar una renta imputada inmobiliaria anual con independencia de que no generen ingreso alguno de la propiedad.
Con carácter general, el importe a declarar equivale al 2% del valor catastral de la vivienda. Sin embargo, este porcentaje se vería reducido al 1,1% sobre el valor catastral en aquellos casos en los que la vivienda se sitúe en un municipio cuyos valores catastrales hayas sido revisados en los diez años anteriores. Sobre esta cantidad se aplica un tipo impositivo del 19%, para españoles residentes en países de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE) o, del 24% para el resto de los casos.
Así, por ejemplo, si un español residente en Reino Unido dispone de una vivienda en España cuyo valor catastral asciende a 100.000€, debería ingresar entre 264€ y 480€ al año en función del municipio donde se localice la vivienda.
Por otro lado, cuando se trata de inmuebles alquilados, los no residentes deben declarar las rentas obtenidas de forma trimestral, sin posibilidad de deducir los gastos relacionados salvo que se trate de españoles residentes en la UE o en el EEE.
Así las cosas, siguiendo el ejemplo anterior, un español residente en Reino Unido que alquile una propiedad en España a razón de 1000€ mensuales, deberá ingresar trimestralmente en el tesoro público la suma 720€ en concepto del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, es decir, 2.880€ al año. Y ello, con independencia de los gastos asociados a dicho alquiler dado que la norma no permite la deducción de gastos en estos casos incrementándose notablemente la carga impositiva para este colectivo.
¿Cómo se declara el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes?
En ambos casos, el impuesto se autoliquida a través del Modelo 210, formulario que aglutina las declaraciones de los contribuyentes no residentes.
Para poder presentar el impuesto directamente por internet se necesita en todo caso disponer de certificado digital y de un cierto manejo en la web de la Agencia Tributaria. No obstante, también existen soluciones en línea que facilitan la presentación del Modelo 210 de forma rápida y online.
En cualquier caso, es importante cumplir con las obligaciones fiscales para evitar la imposición de sanciones por parte de Hacienda que en muchos alcanzan el 50% de la cuota dejada de ingresar.
¿Quién es no residente en España?
Desde IberianTax recuerdan que la norma no establece una definición de «no residente», sino que tiene tal condición cualquier persona que no cumpla los requisitos para ser considerado residente fiscal en España, es decir, que no se den cualquiera de las siguientes circunstancias:
Que permanezca en España más de 183 días durante el año natural Que la principal fuente de ingresos se sitúa directa o indirectamente en España.
Asimismo, se presumirá, salvo prueba en contrario, que un contribuyente tiene su residencia habitual en España cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que de él dependan.
Fuente Comunicae